viernes, 20 de abril de 2012

El presidente de Líbano afirma que su país 'no será utilizado para atacar a ningún país árabe'

http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/internacional/presidente-libano-afirma-que-su-pais-no-sera-utilizado-para-atacar-nin

El Presidente de la República Libanesa es el Jefe del Estado y el símbolo de la unidad de la patria. Vela por el respeto de la Constitución y protege la independencia del Líbano y la unidad y la integridad de su territorio de acuerdo con las disposiciones de la Constitución. Preside el Consejo Superior de Defensa y es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas que se encuentran bajo la autoridad del Consejo de Ministros.
El presidente es elegido por la Cámara de Diputados, en votación secreta, por la mayoría de los dos tercios de los votos, en la primera vuelta, siendo suficiente la mayoría absoluta en las votaciones sucesivas. El mandato del presidente es de seis años, no pudiendo ser reelegido sino después de un intervalo de seis años.
Nadie puede ser elegido para la presidencia de la República si no cumple con las condiciones requeridas para ser elegido diputado y lo habilitan para presentar su candidatura. Tampoco se pueden elegir los magistrados y los funcionarios de la primera categoría o su equivalente en todas las administraciones públicas, organismos públicos y toda persona jurídica del derecho público, durante el ejercicio de sus funciones, o antes de haber cumplido los dos años siguientes a la fecha de su renuncia y la cesación efectiva en sus funciones o a la fecha de su jubilación.

Al asumir su cargo, el Presidente de la República jura fidelidad, ante el Parlamento, a la Nación y a la Constitución por medio del siguiente texto:

“Juro por Dios, Todopoderoso, respetar la Constitución y las leyes de la Nación Libanesa y conservar la independencia de la patria libanesa y la integridad de su territorio”. 

Lo anterior, es  sin duda muestra del espíritu religioso de la organización política de este estado. Pues como sabemos, su organización en su política están representados los principales grupos religiosos del país por mandato Constitucional.

Por otro lado, el Presidente de la República, dentro de los plazos fijados por la Constitución, promulga y pide la publicación de las leyes que hayan sido aprobadas por la Cámara de Diputados sin tener derecho a introducir modificación alguna a las mismas ni dispensar a nadie de cumplir con sus disposiciones.

Asimismo, el Presidente de la República negocia y ratifica los tratados internacionales con el acuerdo del Jefe de Gobierno, los que serán ratificados una vez aprobados por el Consejo de Ministros. El Gobierno pone los mismos en conocimiento de la Cámara de Diputados cuando el interés y la seguridad del Estado lo permitan. Los tratados que incluyen condiciones que comprometen las finanzas del Estado, los tratados comerciales y los demás tratados que no pueden ser denunciados anualmente, requieren para ser ratificados de la aprobación de la Cámara de Diputados.

La declaración hecha por el Presidente de Líbano en relación a que su país "no será utilizado para sabotear o atacar a ningún país árabe, especialmente Siria" es sin duda muestra de su madurez política.

De igual forma en relación a su declaración sobre que: "Lo que nos preocupa en Siria es la democracia, y el último referéndum ha mostrado que todo el mundo en Siria quiere democracia" Muestra claramente la importancia que debe tener la participación ciudadana en temas tan reelevantes como lo es que Siria sea un país democrático, y más si esta afirmación la hace sobre las bases sólidas de un referéndum.

domingo, 15 de abril de 2012

Los conflictos sociales en Perú comienzan a asfixiar A Humala

http://internacional.elpais.com/internacional/2012/04/09/actualidad/1333973701_023377.html

La República del Perú es un país cuenta con un Poder Ejecutivo donde el Presidente de la República es tanto jefe de Estado como de gobierno. Es elegido por cinco años y no puede ser inmediatamente reelegido.

El Presidente de Perú es elegido por votación directa, con mas de la mitad de los votos. No obstante lo anterior, en la democracia se requiere mas que votos. Las inconformidades aunadas un poco a la mala suerte por la que ha atravesado este dirigente han causado que algunos peruanos se manifiesten contra algunos proyectos del gobierno.

No tiene ni un año el Presidente Humala al mando y los conflictos sociales van en aumento, es difícil poder saber que les depara a estos descendientes de los incas, pero por su bien esperamos que Humala olvide un poco su trayectoria militar y no tome decisiones erróneas como seria una represión o la búsqueda de un gobierno dictatorial, porque de lo contrario, ni el gran auge económico que han tenido les permitirá sobre llevar su día a día.

domingo, 8 de abril de 2012

El Presidente vietnamita urge renovación organizativa y reforma jurídica

http://vovworld.vn/es-ES/Noticias/Presidente-vietnamita-urge-renovacion-organizativa-y-reforma-juridica/77659.vov

Vietnam es uno de los países mas enigmáticos de Asia, hace poco tuve la oportunidad de estar ahí y descubrir que es mucho mas que la famosa guerra de Vietnam.
Su nombre oficial es República Socialista de Vietnam y a pesar de que esta completamente abierto al comercio realmente sigue siendo un país con instituciones jurídicas e idealistas socialistas.

El Partido Comunista de Vietnam es el único partido político y por ende el que gobierna, por medio de la Asamblea Popular que es la encargada tanto de de nombrar al Presidente como al Primer Ministro.

La desigualdad en Vietnam es evidente, ejemplo de ello es que el modo de trasladarse para la mayoría de los vietnamitas es por medio de motos, las cuales están al alcance de casi todos, por el contrario, los automóviles tienen un impuesto del 200% de su valor, pero los Ferraris, Lamborghinis,Mercedes, Jaguares, también son vistos en la capital con mucha frecuencia. Lo que demuestra que hay una desproporción considerable en el país.

La renovación jurídica, centrada en una democratización y el respeto a los derechos humanos, de la que habla El Presidente Truong Tan Sang, es si duda un buen comienzo para acortar la enorme brecha que existe entre los vietnamitas.

domingo, 1 de abril de 2012

La Presidenta Argentina presenta nuevo Código Civil

http://www.cadenagramonte.cu/index.php?option=com_content&view=article&id=21122:presidenta-de-argentina-presenta-anteproyecto-de-nuevo-codigo-civil&catid=3:internacionales&Itemid=50

Como sabemos el gobierno de la República Argentina es constitucionalmente una democracia representativa,Republicana y federal.
El Presidente del Poder Ejecutivo Nacional es jefe de estado,jefe de la Administración Publica Nacional y Comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, siendo electo directamente por el voto popular.

El articulo 39 de la Constitución de Argentina, faculta a los ciudadanos para iniciar Proyectos de Ley ante la Camara de Diputados. Aunque la Presidenta Cristina Fernandez, presento su iniciativa en su carácter de jefa del Ejecutivo, me parece necesario hacer mención de esta iniciativa ciudadana, ya que en nuestro país esa figura ha sido propuesta, pero no aprobada.

Es importante que un ordenamiento jurídico como el Código Civil y el Código de Comercio sean reformados estructuralmente y mas derivado de que datan de 1869 y aunque en 1968, fue modificado parcialmente, es necesario dotar a este tipo de ordenamientos de nuevas figuras jurídicas y hacerlos mas acordes al mundo actual.

martes, 27 de marzo de 2012

Comparativo del Ejecutivo en las constituciones de 1824, 1857 y 1917.

1. En las tres Constituciones se denomina al individuo en el Poder Ejecutivo Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Sólo la Constitución de 1824 contempla la figura del Vicepresidente.
3. En la Constitución de 1824 los requisitos para ser Presidente de la República son: Ser ciudadano mexicano por nacimiento, de edad de treinta y cinco años cumplidos al tiempo de la elección, y residente en el país. Para la Constitución de 1857 se agrega estar en ejercicio de sus derechos, y no pertenecer al estado eclesiástico y residir en el país al tiempo de verificarse la elección. En la Constitución de 1917 se agrega a las anteriores los requisitos de: en pleno goce de sus derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante veinte años. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección. No ser Secretario o subsecretario de Estado, Procurador General de la República, gobernador de algún Estado ni Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección; y No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.
4. Respecto de la reelección  en la Constitución de 1824 se da sólo cuando transcurran cuatro años de haber cesado en el cargo, mientras que en la de 1917 está prohibida.
5. La elección del Presidente en la Constitución de 1824 está a cargo del Congreso y las Legislaturas de los Estados, en la Constitución de 1857 Indirecta en primer grado y en escrutinio secreto, en los términos que disponga la ley electoral y en la Constitución de 1917, directa y en los términos que disponga la ley electoral.
6. La entrada en funciones del cargo de Presidente en 1824 era el 1° de abril y desde la de 1857 hasta nuestros días es el 1° de diciembre.
7. En la de 1824 y la de 1857 la duración en el cargo era de cuatro años, en la de 1917 es de seis años.
8. A falta de Presidente en la de 1824 se preveía ser suplido de la siguiente forma: 1.Vicepresidente 2.Presidente de la Corte Suprema de Justicia, para la de 1857 sólo por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia y en la de 1917 el Congreso nombre Presidente Interino, Presidente Provisional u Presidente Substituto (sin orden de prelación) de pendiendo de cuando se de la falta del Presidente.
9. Las fórmulas para tomar en cargo de Presidente era:
En 1824: “Yo N, nombrado Presidente [o Vicepresidente], de los Estados-unidos mexicanos, juro por Dios y los santos evangelios, que ejercer fielmente el encargo que los mismos Estados-unidos me han confiado, y que guardaré y haré guardar exactamente la Constitución, y leyes generales de la federación.”
En 1857: "Juro desempeñar leal y patrióticamente el encargo de presidente de los Estados-Unidos Mexicanos, conforme á la Constitución, y mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión."
En 1917: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande."
Las atribuciones del Presidente no han sufrido muchos cambios, pero entre los más relevantes encontramos:
* En 1857 desaparece la facultad de celebrar concordatos con la Sitia apostólica. Limitan sus facultades respecto a la suspensión de empleos y sueldos por infracciones que pudieran cometer los empleados de la federación, de la concesión de retener los decretos conciliares y pulas pontificias. Aumentan atribuciones marítimas y de indultos. Solo en  la de 1857 podía conceder patentes de corso. En 1917 tiene la facultad de conceder privilegios por tiempo limitado a descubridores, inventores o perfeccionadores de la industria. En 1857 se aumenta la obligación de los Secretarios de Despacho de dar cuentas al Congreso.

domingo, 25 de marzo de 2012

El nuevo Presidente de Yemen no tiene tropas para luchar contra Al Qaeda

http://internacional.elpais.com/internacional/2012/03/20/actualidad/1332243836_348105.html

Los grupos a fines a Al Qaeda están aprovechando la debilidad del nuevo gobierno y la división del ejercito para ganar terreno. Un Presidente debe de tener el pleno control o al menos saber resistir a las presiones. De igual forma, el Presidente debe de actuar para abatir la emergencia nutricional que pasan muchos de sus compatriotas.
Si el Presidente pronto no hace algo definitivo para mostrar su poder y control, tanto del ejercito como de la crisis de hambruna, los extremistas podrían tomar el pleno control de Yemen.

domingo, 18 de marzo de 2012

La represión del régimen de El Asad Acelera la huida celos sirios a países vecinos

http://internacional.elpais.com/internacional/2012/03/15/actualidad/1331839216_299982.html

Las cifras no mienten. 200,000 sirios han dejado su hogar, aunque aun no dejan su país. Por otro lado, 35,000 mas ya dejaron el territorio Sirio, para ir a países como Turquía, Líbano y Jordania. Se espera que estas cifras vayan en aumento a lo largo del año, y aunque no se ha dado una cascada de huidas, como en otros paises influenciados pormla primavera árabe, la realidad es que las políticas de El Asad, traerán como consecuencia,el que su pueblo o lo destituya y tome el control del gobierno, o se vaya a vivir a los paises vecinos que les abren humanitariamente sus fronteras.